Descripción

La reforma de la Ley Concursal (Ley 38/2011, de 10 de octubre) posibilita que el deudor pueda suspender su obligación de solicitar concurso voluntario durante un plazo máximo de cuatro meses.

Es posible desarrollar, bajo vigilancia judicial, una fase preparatoria de negociación de la propuesta de convenio anticipado, que también podrá ser utilizada como.
1.- Periodo en el que actuar para preparar la declaración de concurso
2.- Para alcanzar un pacto de refinanciación que evite el proceso concursal.

En Bufete Velázquez somos abogados negociadores, que sabremos ayudarle incluso para evitar un concurso de acreedores. Consúltenos de inmediato, y le ayudaremos sin duda.

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Publicado el: 31-03-2014
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